FINALIDAD
Ayudarte a cubrir gastos básicos, seguro de accidentes, elementos y vestuario de protección personal, durante las fases lectiva y productiva de tu formación. De acuerdo al Decreto 4690 de 2005 y El acuerdo 000005 de 2006.Se da la adjudicación de los Apoyos de Sostenimiento.
En conclusión te asignaran un dinero, durante la etapa lectiva un valor equivalente al 30% del salario mínimo mensual legal vigente y durante la etapa practica un equivalente al 50% del salario mínimo mensual legal vigente.
REQUISITOS
1. Estar Matriculado en un programa de formación profesional objeto de contrato de aprendizaje (Formación Titulada con duración total igual o mayor a 880 horas)
2. Estar clasificado en estratos socioeconómicos 1 o 2 (Esta información debe coincidir con la registrada en el sistema.)
3. Estar formulando su plan de negocio, idea que debe estar registrada en la unidad de emprendimiento y empresarismo de tu centro de formación.
4. No contar con contrato de aprendizaje, ni haberlo tenido en un programa de aprendizaje anterior.
5. Haber culminado el primer trimestre de formación con buen rendimiento académico.
6. No ser o haber sido sancionado con condicionamiento de matricula por faltas académicas o disciplinarias durante el trimestre inmediatamente anterior a la selección.
7. No tener ningún vínculo laboral.
8. No ser beneficiario del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción FIC.
9. No haber sido beneficiario de apoyos de sostenimiento por parte del SENA en otro programa.
10. Haber presentado su solicitud, en el formato establecido y en las fechas publicadas en cada Centro de Formación.
CAUSAS DE CANCELACION
Cuando te retires del programa de formación en el cual te inscribiste.
Cuando solicites aplazamiento o interrupción de programa por un término superior a tres meses.
Cuando trascurra un mes y sigas sin iniciar etapa lectiva.
Cuando seas sancionado con condicionamiento de la matricula y este conste en académico suscrito por el Coordinador Académico.
Cuando seas sancionado con cancelación de matricula y conste el acto académico suscrito por el sub director de centro.
Cuando suscribas contrato de aprendizaje.
nCuando suscribas contrato de trabajo o prestación de servicios.
Cuando renuncies voluntariamente al apoyo de sostenimiento.
Cuando se compruebe inexactitud en la información que dio origen al beneficio.
Cuando se compruebe con las unidades de emprendimiento o en el seguimiento, que se esta incumpliendo el desarrollo del plan de negocios.
CAUSAS DE SUSPENSION
Cuando solicite aplazamiento o interrupción de su formación, por un periodo hasta de tres meses, debidamente aprobados por el subdirector.
Cuando solicite traslado de una especialidad a otra, por una única vez. Este traslado debe estar aceptado y registrado en el sistema de información.
Cuando a la finalización de tu etapa lectiva, te demores entre 5 y 30 días hábiles, sin iniciar etapa practica.
DESEMBOLSOS
Para aquellos aprendices de Convocatorias 1 y 2 a través de giros a
las cuentas de ahorros creadas por el Banco Popular en donde a
través del uso de tarjeta debito visa electrón se retiran los recursos sin ningún costo desde cualquier cajero ATH. Al ser beneficiario de Apoyos de Sostenimiento tendrá derecho a recibir los desembolsos mensuales durante el tiempo que le falte de su programa de formación, es decir, incluye, etapa lectiva y etapa productiva. Los beneficiados usaran la tarjeta Visa Electrón en los desembolsos.
miércoles, 29 de abril de 2009
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